Especies pescables
La Orden anual que regula la actividad de la pesca fluvial en la Región de Murcia es:
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden tiene como objeto, en cumplimiento del artículo 42 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, establecer las disposiciones generales de vedas para la pesca fluvial del año 2021, en aquellos cursos y masas de agua clasificadas al efecto en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Artículo 2. Especies pescables.
Las especies que pueden ser objeto de aprovechamiento piscícola en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia son las que a continuación se relacionan:
a) Barbo gitano (Luciobarbus sclateri).
b) Boga de río (Pseudochondrostoma polylepis).
c) Gobio (Gobio lozanoi).
d) Carpín dorado (Carassius auratus).
Artículo 3. Especies exóticas invasoras pescables.
1. Asimismo, de conformidad con la disposición transitoria segunda Ley 7/2018, de 20 de julio, de modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, queda autorizada la pesca fluvial de las siguientes especies exóticas invasoras, en las zonas que se indican a continuación, y que se delimitan en el Anexo VI de la presente Orden:
a) Trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss):
1.º Coto intensivo/deportivo “El Cenajo”, T.M. de Moratalla.
2.º Coto deportivo “El Esparragal”, T.M. de Calasparra.
3.º Coto intensivo/deportivo “Hoya García”, T.M. de Cieza.
4.º Coto deportivo “El Jarral”, T.M. de Abarán.
5.º Coto intensivo/deportivo “La Cierva”, T.M. de Mula.
b) Lucioperca (Sander lucioperca):
1.º Todo el tramo fluvial del Río Segura.
2.º Todos los tramos pescables del canal del Trasvase Tajo-Segura.
3.º Embalses de El Mayés, La Cierva y de Algeciras
c) Lucio (Esox lucius): todo el tramo fluvial del Río Segura desde la presa de El Cenajo hasta el Azud de Ojós.
d) Black-bass (Micropterus salmoides): todo el tramo fluvial del río Segura desde la presa de El Cenajo; los embalses del Cárcabo, Cierva, Mayés, Pliego y Azud de Ojós y todos los tramos pescables del canal del Trasvase Tajo-Segura.
e) Carpa (Cyprinus carpio): Todas los cursos y masas de agua continentales de la Región de Murcia.
f) Cangrejo rojo (Procambarus clarkii): Todas los cursos y masas de agua continentales de la Región de Murcia.
2. Queda prohibida la devolución a las aguas de las especies exóticas invasoras que se pesquen dentro de las referidas zonas, así como las que pudiesen capturarse accidentalmente fuera de las mismas.
Se adjunta una presentación resumen de estas especies
Especies piscícolas
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