Órgano consultivo: Consejo Asesor Regional de Caza y Pesca Fluvial

 

INFORMACIÓN PÚBLICA DEL NUEVO DECRETO QUE REGULA EL CONSEJO ASESOR (23/1/2026)

- BORRADOR DEL DECRETO

- MAIN

 

 

En base al artículo 76 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, El Consejo Regional de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia es el órgano consultivo y asesor en materia de caza y pesca fluvial.

El Consejo informará sobre todas las materias que le sean requeridas y elevará, en su caso, las propuestas y sugerencias para el mejor desarrollo de las actividades cinegéticas y piscícolas en nuestra Región.

Serán sometidos al Consejo los temas referentes a:

  1. La orden general de vedas para las actividades cinegéticas.
  2. La orden general de vedas para las actividades piscícolas.
  3. La reglamentación anual para la captura en vivo de las aves fringílidas y embericidas.
  4. Reglamentación de la actividad de cetrería.
  5. La constitución de refugios de caza, reservas regionales de caza y cotos sociales de caza.
  6. La constitución de vedados de pesca fluvial.
  7. El proyecto de Directrices de Ordenación Cinegética.
  8. Los proyectos de Decreto para la creación de áreas de protección de la fauna silvestre.
  9. La inclusión en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de especies objeto de caza, captura o pesca.
  10. Aquellas otras materias que por disposición legal así se establezca.

Normativa que lo regula:

 

Los miembros del Consejo Asesor con el nuevo Decreto que estará aprobado próximamente:

 

1. Presidente/a: la persona titular de la Consejería competente en materia de caza y pesca fluvial.

2. Vicepresidente/a: la persona titular de la Dirección General competente en materia de caza y pesca fluvial.

3. Vocales: las personas designadas por las siguientes asociaciones o corporaciones, conforme a sus normas de funcionamiento, a petición del Presidente/a del Consejo Asesor Regional:

- Representante de la Dirección General competente en materia de deportes.

- Representante de la Consejería competente en materia de obras públicas y ordenación del territorio.

- Presidente/a de la Federación de Caza de la Región de Murcia.

- Presidente/a de la Federación de Pesca de la Región de Murcia.

- Representante de las Sociedades Federadas de cazadores de la Región de Murcia.

- Representante de las Sociedades Federadas de pescadores de la Región de Murcia.

- Representante de los titulares de los cotos privados de caza de la Región de Murcia.

- Representante de los titulares de los cotos privados de pesca fluvial de la Región de Murcia.

- Representante de las asociaciones de ámbito regional debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Ecologistas y Protectoras de la Naturaleza, cuyo objeto social esté relacionado con la conservación de la naturaleza, con la defensa del medio ambiente y la calidad de vida.

- Representante de cada una de las tres organizaciones agrarias más representativas de la Región de Murcia.

- Representante de las organizaciones de guardas rurales con la habilitación de guarda de caza en la Región de Murcia.

- Representante de la Facultad de Veterinaria y representante de la Facultad de Biología designado por la Universidad de Murcia.

- Representante de la Confederación Hidrográfica del Segura.

- Representante de la Guardia Civil.

- Representante de la Federación de Municipios de la Región de Murcia.

- Representante del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes, delegación de la Región de Murcia.

- Representante del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales, delegación de la Región de Murcia.

- Representante del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de la Región de Murcia.

- Representante del Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia.

- Representante de la Academia de Ciencias Veterinarias de la Región de Murcia.

- Representante del Colegio Oficial de Biólogos de la Región de Murcia.

- Representante de la Confederación Regional de Organizaciones Empresarias de Murcia (CROEM).

- Representante de las empresas cinegéticas y piscícolas con domicilio social en la Región de Murcia.

4. Secretario/a, que actuará con voz y sin voto, será un funcionario, adscrito a la Dirección General competente en materia de caza y pesca fluvial.

 

 

 

Los miembros del Consejo Asesor en base al Decreto 52/1997 y 68/2001 eran:

Presidente: El Secretario Sectorial de Agua y Medio Ambiente. No existe

Vicepresidente: El Director General del Medio Natural. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de ausencia y enfermedad.

 

Vocales:

Un representante de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Presidencia.

Un representante de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

El Presidente de la Federación Murciana de Caza.

El Presidente de la Federación Murciana de Pesca Fluvial.

Un representante de las Sociedades Federadas de cazadores de la Región de Murcia

Un representante de las Sociedades Federadas de pescadores de la Región de Murcia

Un representante de los titulares de los cotos privados de caza de nuestra Región

Un representante de los titulares de los cotos privados de pesca fluvial de nuestra Región

Un representante de las asociaciones de ámbito regional debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Ecologistas y Protectoras de la Naturaleza,

Un representante de las organizaciones agrarias

Un representante de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Murcia.

Un representante de la Confederación Hidrográfica del Segura.

Un representante de la Federación de Municipios de la Región de Murcia.

Un representante de las granjas industriales cinegéticas y piscícolas existentes en la Región

Un representante del Colegio Oficial de Biólogos de la Región de Murcia.

Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes

Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de la Región de Murcia (Corrección de errores al Decreto número 68/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 52/1997, de 4 de julio, que regula el Consejo Asesor de Caja y Pesca Fluvial de la Región de Murcia.)

Secretario: un funcionario adscrito a la Dirección General del Medio Natural. Con voz, pero sin voto (DECRETO número 52/1997, de 4 de julio, por el que se regula la Composición y Funcionamiento del Consejo Asesor de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia).