Señalización de los cotos
El perímetro exterior del coto deberá ser revisado y se señalizará de la forma usual para los terrenos cinegéticos tal y como establece la Resolución de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial por la que se dan normas para la señalización de terrenos sometidos a régimen cinegético especial y de los palomares industriales. (BOE núm. 92, de 17 de abril de 1971)
1. Las zonas propuestas por el titular del coto denominadas Zona de Reserva y Zona de Actividad Cinegética Normal, deberán delimitarse en el terreno mediante señales permanentes.
- La señalización de los terrenos sometidos a régimen cinegético especial se efectuará con carteles, señales distintivas y rótulos en rocas, muros, tapias, etc., a lo largo de todo su perímetro exterior e incluso interior, en los casos que existan enclavados. La colocación de estos carteles y señales se hará de tal forma que su leyenda o distintivo sea visible desde el exterior del terreno señalizado.
- Las señales de primer orden o carteles se colocaran necesariamente en todas las vías de acceso que penetren en el territorio en cuestión y en cuantos puntos intermedios sean necesarios para que la distancia entre dos carteles no sea superior a 600 metros.
- Entre las señales anteriormente citadas se situarán las de segundo orden, con distancias máximas de una a otra de 100 metros. Estas señales de segundo orden consistirán en distintivos normalizados o bien en rótulos pintados en rocas, muros, tapias, etc
- Toda la señalización deberá estar colocada de forma tal que un observador situado ante uno de los carteles o señales tenga al alcance de su vista a los dos más inmediatos.
- Señales de primer orden (carteles). Los carteles se ajustarán a los dibujos adjuntos, debiendo reunir las siguientes características:
- Material: Cualquiera que garantice su adecuada conservación y rigidez.
- Dimensiones: 33 por 50 centímetros, con un margen de tolerancia del 10 por 100 en cada dimensión.
- Altura desde el suelo: Entre 1,50 y 2.50 metros.
- Colores: Letras negras sobre fondo blanco.
- Dimensiones de las letras: Altura, ocho centímetros; ancho, un centímetro
- Leyenda: COTO PRIVADO DE CAZA
- Señales. de segundo orden(distintivos normalizados). Se ajustarán al dibujo adjunto y deberán reunir las siguientes características:
- Material: Cualquiera que garantice su adecuada conservación y rigidez.
- Dimensiones: 20 por 30 centímetros.
- Altura mínima desde el suelo: Entre 1,50 y 2,50 metros.
- Colores (en diagonal): Parte superior derecha, en blanco.
- Parte inferior Izquierda, en negro (según dibujo).
- Sin leyenda.
- Rótulos. Se podrán pintar en rocas, paredes, muros, etc., en letras mayúsculas, de cualquier color que contraste con el del fondo, y cuyas dimensiones mínimas sean de 15 centímetros de altura y tres centímetros de grueso.
- Chapas de matricula. En los carteles de primer orden, correspondientes a «Coto intensivo de caza», se colocará una chapa matrícula, que deberá reunir las siguientes características:
- Material: Chapa metálica.
- Dimensiones: 3 por 13 centímetros.
- Color: El propio del metal.
- Letras y numeras: Grabados o moldeados en la misma chapa.
- Altura de las letras y números: 1,5 centímetros.
Zona de Reserva:
Señales de primer primer orden:
- Leyenda: Zona de Reserva. Prohibido cazar.
- Dimensiones: 50 cm. x 33cm.
- Color: Letra negra sobre fondo blanco.
Señales de segundo orden:
- Dimensiones: 30 cm. x 20 cm.
- Color: En diagonal, parte superior derecha en blanco, parte inferior izquierda en amarillo.
Zona de caza intensiva
Señales de primer primer orden:
- Leyenda: Zona de Caza Intensiva.
- Dimensiones: 50 cm. x 33cm.
- Color: Letra negra sobre fondo blanco.
Señales de segundo orden: El perímetro exterior del coto deberá ser revisado y se señalizará de la forma usual para los terrenos cinegéticos:
- Dimensiones: 30 cm. x 20 cm.
- Color: En diagonal, parte superior derecha en blanco, parte inferior izquierda en rojo.
2. Una vez revisada la señalización, se comunicará por escrito a la Dirección General del Medio Natural (Oficina Regional de Caza y Pesca), para su correspondiente revisión por los Agentes Medioambientales de la zona.
Se colocarán señales de tres tipos:
1. Carteles
- Material: Metálico, sujetado por postes de madera.
- Diseño y dimensiones según normativa de señalización establecida por la Dirección General del Medio Natural.
- Se colocará al menos un cartel en la principal vía de acceso al territorio en cuestión donde figure en texto el nombre asignado a dicho refugio, así como la identificación de su promotor.
2. Señales de primer orden:
- Material: Metálico.
- Dimensiones: 33 por 50 centímetros, con margen de tolerancia del 10 por ciento en cada dimensión.
- Altura desde el suelo: Entre 1,50 y 2,50 metros.
- Colores: Letras negras sobre fondo blanco.
- Dimensiones de las letras: Altura, ocho centímetros; ancho, un centímetro.
- Se colocarán en todas las vías de acceso que penetren en el territorio en cuestión y en cuantos puntos intermedios sean necesarios para que la distancia entre dos carteles no sea superior a 600 metros.
3. Señales de segundo orden:
- Material: Metálico.
- Dimensiones: 20 por 30 centímetros, con margen de tolerancia del 10 por ciento en cada dimensión.
- Altura desde el suelo: Entre 1,50 y 2,50 metros.
- Colores (en diagonal): Parte superior derecha, en blanco. Parte inferior izquierda, en verde.
- Se situarán entre las señales de primer orden, con distancias máximas de una a otra de 100 metros.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2007/numero/1137/pdf?id=311981
Corrige la altura de la Resolución anterior:
Señales de primer orden:
- Altura desde el suelo: Entre 1,20 y 2,20 metros
Señales de segundo orden:
- Altura desde el suelo: Entre 1,20 y 2,20 metros
Los cotos intensivos se señalizan de acuerdo a:
Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden realizar a través de la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, existen procedimientos específicos para diversos trámites de caza y si no lo hay, se puede realizar con la genérica: Presentación Electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones no disponibles en la Guía de Procedimientos y Servicios
Si no encuentras en esta sección la información que necesites, solicitala en:
- E-mail: cazaypesca@carm.es
Se puede consultar los cotos e información relacionada con la caza y el medio natural de la Región de Murcia en los siguientes visores: